Me repito más que el ajo, lo sé. Pero leyendo uno de los últimos números de la revista Quercus (el de marzo de este año), en el que se analiza el grado de amenaza de la alondra ricotí (que si vulnerable, que si en peligro…), no pude evitar hacer una reflexión similar para el caso de el desmán.
Siguiendo el procedimiento que señala el RD 139/2011, las especies que figuran como protegidas en la normativa europea se incorporaron de forma «autómatica» al Listado de especies silvestres en régimen de protección especial. Una de ellas el desmán. Hasta ahí pan comido. Una vez allí, el salto al catálogo fue cuestión de inercia más que de diagnóstico ¿Quién se atrevería a negar el carácter de especie amenazada a un clásico de los catálogos? Lo peliagudo vino después, a la hora de elegir categoría. Solo hay dos, «en peligro de extinción» y «vulnerable», así que en principio no parece muy complicado y además están los Criterios orientadores para la catalogación de taxones. Basta con contrastar los datos disponibles con dichos criterios. Podemos hacer el ejercicio. Dicen los criterios:
Un taxón o población debe ser considerado “Vulnerable”, cuando corre el riesgo de pasar a la categoría “En peligro de extinción” o cuando por su rareza se enfrenta a un riesgo de desaparición en la naturaleza. Deberá cumplirse, al menos, uno de los siguientes criterios:
A. Declive de población ajustándose a alguno de los siguientes subcriterios:
1. Se estima que se ha reducido su población en al menos un 20%, dentro del último medio siglo.
2. Una vez evaluado científicamente el efecto de los factores actuales de amenaza y teniendo en cuenta las medidas de conservación adoptadas, se estima que su regresión en el futuro puede ser al menos del 20% en los próximos 20 años o 5 generaciones.
3. Un análisis de la viabilidad de población mostraría, que la probabilidad de su extinción en la naturaleza será de al menos un 10%, en los próximos 20 años o 5 generaciones, seleccionando el mayor valor de probabilidad de extinción.
Población, generaciones,… Mal empezamos. De demografía de desmán no tenemos ni idea. Mejor pasamos al siguiente:
B. Área de distribución: El área de presencia estimada ha disminuido, al menos, en un 50% en los últimos 50 años, o su área de ocupación se ha reducido en un 25% en el mismo periodo y cumpliendo además, al menos, uno de los siguientes subcriterios:
1. Presenta un área de presencia fragmentada o en proceso de fragmentación y no aparece en mas de 10 localidades.
2. Descenso continuo de su a) área de presencia b) área de ocupación c) superficie y/o calidad del hábitat d) número de localidades e) número de individuos maduros
3. Fluctuaciones extremas de su a) área de presencia b) área de ocupación c) número de localidades d) número de individuos maduros
¿50 años? Intentamos un inventario a principios de los 90 que «no funcionó» (3 provincias positivas de 29 prospectadas) ¡¿cómo quieren que sepamos cual era el área de distribución hace 50 años?! ¡Otro!
C. Tamaño de población: Deberá cumplir alguno de los siguientes subcriterios:
1. La población actual es inferior al 50% de la que se estima tendría en una situación favorable para su conservación, cuando ésta pudiera estimarse.
2. El nº de ejemplares maduros es inferior a la mitad de la que podría existir de acuerdo a la capacidad de carga de su hábitat.
Y dale con el tamaño de población… ¡Otro!
D. Características del taxón: El taxón o población cuenta con unos efectivos o área de ocupación muy reducidos y presenta características biológicas limitantes (p. ej. baja dispersión poblacional, dinámica poblacional fluctuante, alta especialización ecológica, singularidad geográfica).
Con calzador igual podría servir, pero me parece que este criterio no «está pensado» para esta especie. Además, dispersión, dinámica poblacional,… son palabras mayores ¡Siguiente!
E. Dependencia de conservación: Especies que han mejorado su situación gracias a la aplicación de programas de conservación cuyo cese implicaría un riesgo de regresión geográfica o poblacional, y con ello el pase a la categoría de “En peligro de extinción”.
Programas de conservación. No es el caso ¡Otro!
F. Criterio de expertos. Si, siendo insuficiente la información disponible para aplicar los criterios anteriores, hay coincidencia entre técnicos en conservación y expertos en biología de la especie (grupo taxonómico) en que su situación es Vulnerable.
¿Coincidencia entre técnicos y expertos? ¿En España? ¿Con doce CCAA implicadas? No caerá esa breva ¡Siguiente criterio! Vaya, no hay más criterios. Y los de «en peligro de extinción» son primos-hermanos de estos ¿Y ahora que hacemos? Datos no tenemos, pero del catálogo no le podemos sacar ¡Venga, como mal menor que se quede como vulnerable!
Lo dicho, el desmán, asignatura pendiente.